Delegados de clase
Los alumnos de Educación Secundaria podrán elegir democráticamente delegados de clase, por el procedimiento y con las funciones que determine la Entidad Titular del Colegio, para lo que se tendrá en cuenta:
- El derecho de participación de los alumnos en las tareas de la Comunidad Educativa se realiza, ante todo, por medio de su colaboración y aportación personal y también a través de las reuniones de aula y de sus representantes en la Junta de Delegados y Consejo Escolar, y en la libre adscripción a la Asociación de Alumnos, si la hubiere.
- En el Colegio se elegirán delegados de clase, según la normativa establecida para ello.
- El Director del Colegio, oído el Equipo Directivo, aprobará el procedimiento de elección de los representantes de los alumnos y las normas de funcionamiento. En el caso de que no se observe el procedimiento indicado, el Director del Colegio podrá revocar el resultado de las elecciones.
- La elección de los delegados de clase se llevará a cabo mediante sufragio directo y secreto entre los alumnos la misma.
- Los delegados de clase serán elegidos por y entre los alumnos de la misma.
- Los alumnos tendrán los representantes en el Consejo Escolar del Colegio según establezca la legislación vigente.
Junta de Delegados
La Junta de Delegados está integrada por el conjunto de los delegados de clase y los alumnos representantes en el Consejo Escolar presidida por el Director del Colegio.
Podrá reunirse por cursos y etapas educativas presididas por sus Directores de Etapa correspondiente. Se reunirá, al menos una vez al trimestre, y siempre que lo crean conveniente dos tercios de sus miembros o el Director correspondiente.
El Director correspondiente realizará la convocatoria de la reunión, se responsabilizará de su moderación y designará el Secretario. El Secretario de la Junta levantará acta de la reunión que deberá ser aprobada en la siguiente reunión.
Las funciones de la Junta de Delegados serán las siguientes:
- Informar al Director de Etapa de las dificultades de cada grupo.
- Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
- Informar a los estudiantes de las actividades de la Junta de Delegados.
- Presentar propuestas a la Dirección de mejora de la actividad colegial.
- Podrá proponer al Consejo Escolar del Colegio la adopción de posibles medidas de mejora de la convivencia en el Colegio.